Mediación en el COIP y la aplicación del principio de oportunidad y mínima intervención.

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Verónica Alexandra Alarcón Delgado

Resumen

La mediación penal es un mecanismo alternativo, en la cual las partes mediante tercero neutral trata de permitir el intercambio de opiniones entre víctima y la persona procesada para que a través del dialogo le pongan fin al conflicto logrando el restablecimiento de las relaciones entre las partes y fundamentalmente resarciendo el daño causado. Se plantea que la mediación en los principios de oportunidad y mínima intervención en la ley penal aplican en conductas que no constituyen grave afectación al interés público, por lo que se propone es la incorporación de disposiciones en el Código Orgánico Integral Penal tendientes a que sean justamente los partícipes de un proceso penal, a través de este mecanismo logren el establecimiento de la cultura de paz.


Además que se pretende demostrar con las reformas introducidas en la legislación penal ecuatoriana, la aplicación de los principios de oportunidad y mínima intervención en los delitos que son susceptibles de mediación penal, ya que por su insignificante valor económico, o por su escasa o ninguna afectación a bienes jurídicos penales, resultan gastos innecesarios para la administración de justicia.


Una forma de llevarse a cabo esta nueva filosofía de Justicia en nuestro país es a través la Mediación, y en general se puede decir que es un procedimiento en el cual, las partes, ayudadas por un tercero (mediador) que no tiene facultades de decisión, intentan resolver un conflicto, por ello es necesario que se incorpore en el COIP este procedimiento que permitirá darle mayor aplicabilidad a los principios de oportunidad y mínima intervención.


El trabajo a desarrollarse en esta investigación es eminentemente jurídico y la metodología utilizada es la documental a través de textos legales en vista de que se utilizan como fuentes las normas, doctrina y principios jurídicos.

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Cómo citar
Alarcón Delgado, V. A. (2018). Mediación en el COIP y la aplicación del principio de oportunidad y mínima intervención. Espí­ritu Emprendedor TES, 2(2), 35–46. https://doi.org/10.33970/eetes.v2.n2.2018.70
Sección
Artículos

Citas

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